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La OMA anuncia actualizaciones de los códigos aduaneros mundiales para facilitar los programas de vacunación y mejorar la preparación ante emergencias sanitarias.

  • Se ha publicado la octava edición del “lenguaje universal del comercio”, utilizado para identificar y codificar mercancías que se comercializan a nivel internacional.
  • Se producen dos cambios importantes en la identificación ampliada de vacunas clave y suministros de emergencia sanitaria derivados de las lecciones aprendidas de la pandemia de COVID-19.
  • Una mayor precisión de los datos comerciales para fines tales como modelización y previsión, gestión de la cadena de suministro, índices de precios e identificación de mercados son beneficios clave para los gobiernos.

La Organización Mundial de Aduanas ha publicado hoy una importante actualización del Sistema Armonizado, la clasificación internacional de mercancías que otorga a cada producto comercializado un código estandarizado. Gestionado por la OMA, el SA es utilizado por más de 200 países y economías como base para sus aranceles aduaneros y para la recopilación de estadísticas de comercio internacional. Los cambios, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2028 para dar tiempo a la adaptación nacional, marcan la conclusión de seis años de trabajo técnico realizado por los 187 miembros de la OMA. Estas incorporaciones al SA darán visibilidad a productos esenciales para los programas de salud y la respuesta ante emergencias, lo que permitirá un despacho aduanero más rápido y facilitará su identificación. 

El HS facilita la visibilidad del comercio de vacunas 

La producción de vacunas se concentra actualmente en unos pocos países, lo que convierte al comercio en un medio vital para su distribución global. La clasificación actual de las vacunas para uso humano en el SA no ofrece la suficiente granularidad para evaluar los flujos comerciales internacionales e implementar fácilmente políticas comerciales para dichas vacunas. En el SA 2022, las vacunas se clasifican únicamente en dos subpartidas: medicina humana y veterinaria . Esta falta de granularidad suele reflejarse también en los niveles arancelarios nacionales. 

El SA 2028 introduce nuevas partidas (30.07 y 30.08) y subpartidas para vacunas que representan volúmenes comerciales significativos, actuales o previstos, y aborda enfermedades prioritarias en las que la inmunización es vital. La nueva estructura refleja dos dimensiones: distingue las enfermedades con propensión a brotes de las endémicas y se ajusta a las directrices de vacunación de la OMS, abarcando las vacunas recomendadas para todos los programas, para grupos de alto riesgo, para programas con características específicas y para enfermedades de carácter local o esporádico. 

El Secretario General de la OMA, Ian Saunders , afirmó: «Este cambio positivo en el Sistema Armonizado permite una mejor comprensión de la disponibilidad de vacunas y abre más oportunidades para facilitar el despacho de vacunas y equipos médicos urgentemente requeridos. Es una contribución tangible de las Aduanas al desarrollo global, la protección de la sociedad y la capacidad de los gobiernos para responder eficazmente a futuras demandas urgentes. Dado que estos cambios abarcan específicamente las vacunas contra enfermedades que representan amenazas endémicas o pandémicas, reflejan el reconocimiento de la necesidad de estar preparados con antelación para riesgos importantes, así como el papel positivo que las Aduanas pueden desempeñar en la protección de la seguridad y el bienestar de las sociedades».

Al mejorar la visibilidad de estas vacunas en el Sistema Armonizado (SA), la OMA busca garantizar una clasificación uniforme entre las partes comerciales y facilitar la implementación de un trato preferencial o más rápido en las fronteras, especialmente durante emergencias. El objetivo también es proporcionar a los responsables políticos datos comerciales más claros y fiables para respaldar el diseño y la implementación de programas de vacunación y planes de emergencia. 

Las vacunas para medicina humana se clasificarán en la partida 30.07, subdividida en 38 subpartidas (códigos de seis dígitos) e incluyen las vacunas contra: 

  • Sarampión, rubéola, varicela, herpes zóster y paperas;
  • Poliomielitis, difteria, tétanos, tos ferina, hepatitis y Haemophilus influenzae tipo B ;
  • Tuberculosis, neumococo, rotavirus y virus del papiloma humano;
  • Meningitis, fiebre tifoidea, cólera, dengue, rabia y malaria;
  • Influenza, virus respiratorio sincitial (VSR) y coronavirus; y,
  • Fiebre amarilla, viruela, Mpox, ébola, encefalitis, chikungunya y estreptococo

Además de las vacunas contra la tuberculosis del tipo Bacillus Calmette-Guérin (BCG), se creó una subpartida para “otras vacunas contra la tuberculosis” en previsión de la producción de vacunas contra la tuberculosis para adolescentes y adultos, actualmente en desarrollo, algunas de las cuales se encuentran en ensayos clínicos avanzados. Asimismo, se creó otra subpartida para las vacunas contra el ” Streptococcus “, que incluye otra importante vacuna en desarrollo próxima a su aprobación regulatoria: la del estreptococo del grupo B.

Se trata de un caso excepcional en el que el SA incluye un bien que aún no se comercializa, pero que se consideró crucial para poder monitorear si una vacuna importante llegaba a los lugares que debía llegar y en las cantidades adecuadas.

El Comité del Sistema Armonizado de la OMA y su Subcomité de Revisión del Sistema Armonizado trabajaron en estrecha colaboración con la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Mundial del Comercio (OMC) para comprender cuál era la mejor manera de abordar la necesidad de mayor claridad sobre los flujos de vacunas dentro de la estructura del SA y para garantizar que los cambios fueran administrables en la frontera.

El HS apoya la preparación ante emergencias sanitarias

Durante crisis sanitarias anteriores, como la pandemia de COVID-19 y la epidemia de la enfermedad del virus del Ébola, los gobiernos introdujeron medidas comerciales para determinados suministros médicos importados, como exenciones fiscales, procedimientos simplificados o mecanismos de vía rápida. Sin embargo, en algunos países, algunos de estos productos no contaban con un arancel aduanero o código estadístico específico, lo que complicó la aplicación de estas medidas.

Al inicio de la pandemia de COVID-19, las Secretarías de la OMA y la OMS elaboraron la “ Referencia de clasificación del SA para suministros médicos relacionados con la COVID-19 ” para orientar a los responsables de política comercial, las empresas y los funcionarios de aduanas sobre cómo clasificar estas mercancías a efectos aduaneros, con el fin de agilizar su despacho. Esta lista de referencia de clasificación no tenía carácter legal, pero fue utilizada activamente por los gobiernos en el desarrollo de medidas de facilitación del comercio y por los operadores comerciales para facilitar una clasificación precisa y agilizar el movimiento transfronterizo de suministros médicos esenciales.

Con base en este documento, durante el último ciclo de revisión del SA, se elaboró ​​una lista de productos sanitarios esenciales que no tenían suficiente visibilidad en la edición del SA 2022 y se desarrollaron nuevas subpartidas para el SA 2028. Las categorías de productos sanitarios esenciales para las que se crearon nuevas subpartidas son:

  • Ambulancias y clínicas móviles;
  • Pantallas faciales protectoras y mascarillas faciales protectoras;
  • Bolsas para cadáveres de plástico;
  • Oxímetros de pulso y monitores de pacientes multiparamétricos;
  • Aparatos de intubación traqueal (incluidos los kits de intubación) y bombas de succión; y.
  • Ventiladores médicos y contadores de gotas.

Al mejorar la visibilidad de estos bienes en el SA, la OMA está equipando a los gobiernos y a las empresas no sólo para facilitar un tratamiento preferencial o más rápido durante emergencias, sino también para producir datos comerciales más claros y confiables para respaldar planes de preparación y estrategias de cadena de suministro resilientes.

Con las modificaciones del SA 2028 ahora aceptadas, las administraciones y las empresas tienen aproximadamente dos años para prepararse para la entrada en vigor del instrumento el 1 de enero de 2028.

Notas para los editores

Una nueva edición del SA es un acontecimiento importante para las industrias, los gobiernos, las administraciones aduaneras y la OMA afectadas. Es necesario modificar la legislación y los acuerdos internacionales, actualizar los sistemas informáticos, desarrollar publicaciones y procedimientos, e impartir formación a los funcionarios de aduanas, otros organismos gubernamentales y operadores comerciales. Estos esfuerzos coordinados son fundamentales para garantizar una transición fluida al SA 2028 y su aplicación uniforme y eficaz en todo el mundo.

Acerca de la OMA

La Organización Mundial de Aduanas desarrolla normas internacionales, fomenta la cooperación y desarrolla capacidades para facilitar el comercio legítimo, asegurar la recaudación justa de ingresos y proteger a la sociedad, brindando liderazgo, orientación y apoyo a las administraciones aduaneras. La OMA, establecida en 1952 como el Consejo de Cooperación Aduanera (CCA), es un organismo intergubernamental independiente cuya misión es mejorar la eficacia y la eficiencia de las administraciones aduaneras.

Hoy en día, la OMA representa a 187 administraciones aduaneras de todo el mundo que, en conjunto, procesan aproximadamente el 99 % del comercio mundial. Como centro mundial de conocimientos aduaneros, la OMA es la única organización internacional con competencia en materia aduanera y puede considerarse, con razón, la voz de la comunidad aduanera internacional.